El Real Decreto 56/2016 de 12 de febrero establece la obligación de realizar una auditoría energética y afecta a aquellas empresas que tengan la consideración de grandes empresas, entendiendo por tales tanto las que ocupen al menos a 250 personas como las que, incluso sin cumplir dicho requisito, tengan un volumen de negocio que sobrepase de 50 millones de euros y, a la par, un cómputo general que sobrepase de 43 millones de euros.

¿De qué formas puedo cumplir con el RD?

La primera de las maneras es la realización de auditorías energéticas recurrentes cada 4 años que analicen, como mínimo, el 85% del total de tu consumo energético. Deberán basarse en datos operativos actualizados, medidos y verificables. Los datos empleados en las auditorías energéticas deberán poderse almacenar para fines de análisis histórico y trazabilidad del comportamiento energético.

Y la segunda alternativa es la implantación de un Sistema de Gestión Energética (ISO 50001).